urbana: vivienda unifamiliar aislada sita en término de la pobla de montornés, urbanización poblamar, con frente a la calle priorat, número 23. edificada sobre un solar de quinientos sesenta y un metros, nueve decímetros cuadrados, que comprende la parcela cincuenta y dos de la citada urbanización. compuesta de planta baja y planta primera, comunicadas entre sí mediante escalera interior. la planta baja consta de garaje y vivienda, distribuida esta última en varias dependencias, servicios y porches, con una superficie total construida de ciento veintitrés metros sesenta decímetros cuadrados, de los cuales treinta y cuatro metros veinte decímetros cuadrados corresponden al garaje, ochenta y cinco metros diez decímetros cuadrados a la vivienda, y cuatro metros treinta decímetros cuadrados a porches, computados al cincuenta por ciento. la planta primera se destina a vivienda, distribuida en varias dependencias y servicios, con una superficie construida de setenta y un metros setenta y cinco decímetros cuadrados. la superficie total construida es de ciento noventa y cinco metros treinta y cinco decímetros cuadrados y útil de ciento cincuenta y un metros setenta y cinco decímetros cuadrados, siendo la superficie de solar ocupada por la edificación de ciento veintinueve metros sesenta y cinco decímetros cuadrados.
INFORMACIÓN ADICIONAL
Linda la edificación por todos sus lados con resto de solar sin edificar, destinado a jardín y accesos. Linda el solar: al frente, Este, con la calle E, en línea de veintidós metros veinte centímetros, a la izquierda, entrando, Sur, en línea de veintiséis metros treinta y cinco centímetros, con parcela número cincuenta y tres, resto de finca de que se segregó; a la derecha, Norte, en línea de veinticinco metros diez centímetros, con parcela número cincuenta y uno, resto de finca de que se segregó; y al fondo, Oeste, en línea de veintidós metros veinticinco centímetros, con finca de Juan Parera Fusté o sus sucesores. - Respecto de esta finca no se ha realizado el análisis del estado de coordinación con catastro a los efectos de la reforma introducida por Ley 13/2015 en los art. 9 y 10 LH. -La constancia registral de la referencia catastral no implica la extensión de los efectos del principio de legitimación a la descripción física y ubicación de la finca, ni la presunción de su correspondencia con la delimitación geográfica de la parcela catastral. -. Obra nueva terminada.
INFORMACIÓN EXTRA
Finca registral 836
REFERENCIA CATASTRAL
7090308CF6579S0001ID

Esta web no es la web oficial del BOE.
Antes de hacer una puja aconsejamos consultar con un experto.
Si quiere pujar el siguiente enlace le llevará a la web oficial del BOE: https://subastas.boe.es/detalleSubasta.php?idSub=SUB-JA-2026-258836
IMPORTANTE
Indíquenos sus datos y nos pondremos en contácto con usted.
Revise la carpeta de correo no deseado.