50,00% de propiedad plena de urbana nº cinco: vivienda tipo f, en la planta primera, a la izquierda subiendo por la escalera de acceso a la misma; compuesta de vestíbulo, paso, armario, estancia, cuatro dormitorios, cocina, galería, baño, solana y aseo; tiene una superficie útil de noventa y nueve metros cincuenta y cinco decímetros cuadrados, y construida de ciento dieciséis metros setenta y cinco decímetros cuadrados.-linda, entrando a la misma: frente, zaguán de entrada, caja de escalera, patio de luces y la otra vivienda señalada con el nº cuatro de esta misma planta y escalera; derecha, calle brigadier algarra; izquierda, epifanía cantó y otros; y espaldas, vivienda señalada con el número doce, con entrada por la escalera contigua nº treinta y nueve de policía. tiene su entrada por la calle brigadier algarra nº treinta y siete y pertenece al edificio sito en petrel, calle brigadier algarra nº 37 y 39 de policía- su cuota es de cinco enteros cinco centésimas por ciento. es uno de los departamentos independientes formados al dividir en régimen de propiedad horizontal la finca nº 12.315. es vivienda de protección oficial, número de expediente a-vs-693-73, según cédula expedida en madrid el 7 de septiembre de 1.976.- referencia catastral: 3718302xh9631n0005qu. datos de inscripcion tomo:1410, libro: 243, folio: 17, inscripción 7 de fecha 25/01/1993, finca de petrer: 14530, inscrita en el registro de la propiedad de elda-1
INFORMACIÓN ADICIONAL
Figura en el expediente copia de contrato de alquiler de la vivienda de fecha 01/02/2024, por plazo de 11 meses, en el que se indica: "llegado el vencimiento del contrato, se negociará nuevamente el contrato por once meses mas, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato su voluntad de no renovarlo". La renta es de 450 eur/mes actualizable conforme IPC.
Que en relación a los inmuebles de protección pública y durante el período de vigencia del régimen de protección que corresponda, la Generalitat es titular de derechos de tanteo y retracto, conforme el art. 1 del Decreto-ley 6/2020 del Consell y art 146.3 del Decreto 90/2009 del Consell. Asimismo el régimen de la transmisión de los inmuebles de protección pública, figura regulado en el citado art. 146 del Decreto 90/2009 del Consell. Por otro lado en Resolución de 13/04/2012, de la Dirección Gral Registros y Notariado (BOE 121 de 21/05/2012), se indica que las limitaciones en la transmisión de inmuebles de protección pública "desaparecen, bien por el transcurso del tiempo establecido (..), o bien porque concurran los supuestos habilitantes (..), previo el reintegro de las ayudas económicas directas recibidas a la Administración o Administraciones concedentes en cada caso, incrementadas con los intereses legales desde el momento de la percepción. Por tanto, el adjudicatario quedará sujeto a las mismas hasta tanto se cumplan los citados requisitos legales." De conformidad con el art. 30 del citado Decreto 90/2009: "La extinción del régimen de protección de las viviendas de protección pública se producirá por el transcurso del periodo de protección y por descalificación", en los términos del citado precepto.
Conforme LAU(Ley 29/94) el adquirente queda subrogado en los dchos y obligac del arrendador durante los 5 primeros años de vigencia del contrato, en el presente caso se trata de un contrato de 11 meses prorrogables por 11 mas.
REFERENCIA CATASTRAL
3718302XH9631N0005QU

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