50,00% de propiedad plena de urbana veinticuatro. en san miguel de salinas, entre las calles, alberto barberá y pablo picasso. aparcamiento número veinticuatro, situada en planta semisótano del edificio al que pertenece. se accede al mismo por las zonas comunes de esta planta. tiene una superficie construida de veintidos metros cuadrados con cincuenta y tres decímetros cuadrados. linda, dando su frente a las zonas de acceso y maniobras; derecha entrando, aparcamientos números diecisiete y dieciséis; izquierda entrando, aparcamiento siguiente correlativo; y fondo, aparcamientos número veintiséis. cuota de participación: su cuota es de 0,95%. se hace constar que, conforme al registro, la finca está en construcción, sin que el promotor haya cumplido con su obligación de hacer constar la terminación de la obra ni la acreditación de la constitución de las garantías legalmente exigibles, de conformidad con los artículos 19 y 20 de la ley 38/1999 de 5 de noviembre de ordenación de la edificación.
INFORMACIÓN ADICIONAL
Garaje en edificio terminado con acceso por el nº 3 de la calle Pintor Picasso, siendo el acceso al garaje por la calle Albero Barberá.
Que la obra se inscribió en construcción, sin que conste inscrito el fin de obra, siendo de aplicación lo determinado en los artículos 45 a 55 del Real Decreto 1093/1997, y en particular los artículos 46 y 47 que determinan: Artículo 47. Título y nota marginal de finalización de la obra declarada en construcción. "Cuando la obra se hubiere declarado e inscrito en construcción, se aplicarán las siguientes reglas: 1. Su finalización deberá hacerse constar por nota al margen de la inscripción. Dicha nota se practicará en virtud de acta notarial en la que cualquiera de los legitimados, conforme a lo dispuesto en este artículo, acrediten dicha finalización mediante incorporación de la certificación referida en el apartado 3 del artículo anterior. 2. Será inscribible el acta a que se refiere el párrafo anterior cuando hubiese sido requerido su otorgamiento por el titular registral o por las siguientes personas: a) Aquella que hubiere declarado la obra nueva en construcción, aun cuando hubiese trasmitido el dominio en todo o en parte. b) Si la finca perteneciese a varios titulares en pro indiviso, los que reúnan la mayoría necesaria para realizar actos de administración. c) El presidente de la junta de propietarios, si el edificio se hubiese constituido en régimen de propiedad horizontal. d) Cualquiera de los cónyuges, si el inmueble estuviese atribuido a su sociedad conyugal."
REFERENCIA CATASTRAL
3962802XH9036S0025EG

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